OBJETIVO
Promover edificios de alta eficiencia energética así como las inversiones en ahorro de energía mediante la información que se proporciona a los compradores y usuarios sobre características energéticas, en forma de un certificado de eficiencia energética que permita valorar y comparar sus prestaciones.

APLICACIÓN
- Edificios de nueva construcción.
- Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
- Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m² y que sean frecuentados habitualmente por el público.

QUIEN ENCARGA
El propietario será el responsable de encargar la realización, el registro y la conservación de la certificación.

CONTENIDO
- Identificación del edificio o de la parte del mismo que se certifica, incluyendo se referencia catastral.
- Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación energética.
- Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética de aplicación en el momento de su construcción.
- Descripción de las características energéticas del edificio: envolvente térmica, instalaciones, condiciones normales de funcionamiento y ocupación y demás datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del edificio.
- Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la ETIQUETA ENERGÉTICA.
- Documento de recomendaciones para la mejora.
- Descripción de las pruebas y comprobaciones llevadas a cabo, en su caso, por el técnico durante la fase de calificación energética.
- Cumplimiento de los requisitos medioambientales exigidos a las instalaciones térmicas.

MEJORAS
Se incluye un listado de medidas, clasificadas en función de su viabilidad técnica, funcional y económica, así como su repercusión energética, que permitan, en el caso de que la propiedad del edificio decida acometer voluntariamente esas medidas, que la calificación energética mejore.

REGISTRO
Cada Comunidad Autónoma habilitará un registro de certificaciones, que permitirá realizar las labores de inspección y control técnico y administrativo. Asimismo pondrá a disposición del público registros actualizados periódicamente de técnicos competentes o de empresas que ofrezcan los servicios de expertos de este tipo y servirá de acceso a la información sobre los certificados a los ciudadanos.

PERIODO DE VALIDEZ
El certificado de eficiencia energética tendrá una validez de DIEZ AÑOS.